El terrorismo puede y debe combatirse con herramientas legales

Por Nicolás Negri, asesor del Dip. Gustavo Ferrari.

La advertencia de EEUU sobre la posibilidad cierta de que nuestro país haya estado incluido en un complot terrorista desbaratado vuelve a poner en agenda un tema tan caro al sentimiento de los argentinos, al margen de las especulaciones que puedan tejerse sobre el verdadero alcance de dicho plan. Debemos tomar razón, observar con preocupación y atender con herramientas eficaces la conexión estrecha que existe entre el terrorismo internacional y la delincuencia transnacional organizada de fuerte radicación en Latinoamérica, lo que pone de relieve la necesidad de promover la coordinación de distintas acciones en los planos nacional, regional e internacional en aras de lograr una respuesta integral y mancomunada a un reto que supone graves amenazas a la seguridad nacional e internacional.

La creciente globalización y el carácter eminentemente transnacional del delito de terrorismo exigen la necesaria armonización de las normas nacionales a los estándares internacionales a los efectos de proveer una estrategia conjunta eficaz y una adecuada asistencia legal mutua. En este marco debe señalarse que el compromiso que Argentina se debe en este tema no solo resulta una cuestión de seguridad nacional sino a la vez una obligación, producto de su inserción en la comunidad internacional a través de la ONU y, en particular, por ser suscriptor del Convenio Internacional para la Represión de la Financiación del Terrorismo y en su carácter de miembro pleno del GAFI, del que forma parte por propia voluntad desde hace más de 10 años.

Pese a ello, el país no ha implementado en su totalidad el referido Convenio ni cumple hoy acabadamente con las Recomendaciones Especiales del GAFI en la materia, ya que el delito de financiación del terrorismo, y en particular el delito antecedente de terrorismo, tienen un alcance muy limitado en tanto solamente comprende aquellas organizaciones terroristas con ramificaciones internacionales y no cubre aquellas que actúen en ámbito territorial limitado ni tampoco el acto terrorista individual.

Atendiendo a este cuadro, el Diputado Gustavo Ferrari ha presentado un proyecto de ley (ver proyecto) que tipifica autónomamente el acto terrorista, independientemente del carácter organizativo o individual de la empresa criminal, readecua el delito de financiación del terrorismo contemplando otras formas de colaboración, prevé la responsabilidad penal de las personas jurídicas involucradas y establece medidas eficaces para el oportuno congelamiento de los fondos utilizados.

Dicha propuesta contribuirá a fortalecer el actual régimen, no solo para adecuarlo a los estándares internacionales, sino también en la inteligencia de que la aplicación de las mejores prácticas posibilitará la participación activa del país en materia de cooperación internacional y, a la vez, lo colocará como un referente regional en el combate a este flagelo, permitiéndole reclamar con autoridad el acompañamiento de la comunidad internacional y la necesaria reciprocidad para el debido esclarecimiento de los atentados terroristas sufridos en suelo argentino y la prevención conjunta de las nuevas amenazas.